martes, 1 de junio de 2010

PATRIMONIO PALEONTOLOGICO. Reflexiones desde la teoría y la práctica


MESA REDONDA DE PATRIMONIO
EN LAS 

Viernes 14 de mayo de 2010. San Luis.  

Coordinadores: Andrea Arcucci y José Luis Prado

Introducción
Las cuestiones relativas al patrimonio han tomado una dinámica particular dentro del campo disciplinar de la Paleontología, que se ha ido plasmando en una multiplicidad de criterios sobre su selección y valoración. En la última década, el concepto de patrimonio paleontológico ha sido profundamente debatido.  En general la noción de  patrimonio paleontológico implica el reconocimiento de cuatro aspectos fundamentales. Un primer aspecto a tener en cuenta es que la Paleontología es inseparable de la Geología y por consiguiente los yacimientos paleontológicos son indisociables de los cuerpos geológicos y del entorno geológico-paisajístico en los que se encuentran. Un segundo aspecto a considerar es la pertenencia de los bienes paleontológicos a una u otra de las categorías de patrimonio existentes: cultural o natural. Si atendemos al origen y naturaleza de los objetos paleontológicos -fósiles y yacimientos- su protección debería enmarcarse dentro del patrimonio natural, ya que se trata de objetos naturales no creados por la actividad del hombre. Sin embargo, se debe considerar que es constitutivo de estos objetos, y de la propia ciencia que los estudia, su dimensión histórica y su pertenencia a un período determinado de la historia de la Tierra. La consideración de un bien como integrante del patrimonio cultural no solo procede del reconocimiento expreso de un valor determinado por parte de la ciencia, sino por la constatación de un interés público sobre un determinado valor que generalmente es el cultural, lo que obliga al Estado a intervenir para garantizar el usufructo y pervivencia de dicho valor. El tercer aspecto a considerar es la doble naturaleza mueble e inmueble que tienen los bienes paleontológicos. Tal como lo marca la ley vigente, la definición de patrimonio paleontológico debe precisar esta doble naturaleza, ya que de ello depende el establecimiento de las medidas de protección. En consecuencia, el patrimonio paleontológico abarca por un lado el conjunto de yacimientos conocidos y estudiados por la comunidad paleontológica (patrimonio inmueble) y por otro, el conjunto de colecciones que conforman el material utilizado en investigación (patrimonio mueble). Ambos tipos de patrimonio, aunque complementarios e interdependientes, tienen distintas características y requerimientos y pueden ser definidos y analizados de modo diferente. Mientras que el hallazgo, explotación, clasificación y estudio del patrimonio corresponde a los paleontólogos, su gestión, definición legal, difusión social y utilización didáctica corresponde a las entidades sociales y política, es decir al Estado. Por último, un cuarto aspecto a considerar son los riesgos a los que se expone el patrimonio paleontológico. Estos riesgos son múltiples, derivados de sus propias características intrínsecas (ubicación, accesibilidad, riqueza de los yacimientos y posibilidades de destrucción y erosión), así como de su interés como bien social, económico y comercial.
En este marco, el objetivo de la mesa redonda fue el de propiciar un ámbito fecundo de discusión sobre enfoques teóricos y prácticos acerca del patrimonio paleontológico. De este modo, se espera generar un espacio de intercambio tan amplio y diverso como la misma noción de patrimonio que constituye el centro del debate. 

Invitados y expositores:
Dra. María Luz Endere (abogada y arqueóloga) especialista en legislación y manejo de recursos culturales) que expuso una reseña acerca de “Tráfico Ilícito de bienes patrimoniales: legislación vigente y problemas”. La Dra. Endere detalló las Convenciones internacionales aplicadas al tema, su vigencia en el país, modos de adhesión, penalidades  y se explayó en la necesidad de configurar una agenda futura sobre el tema.  

Lic. José Prado (paleontólogo) expuso sobre “Paleontología de Rescate” . Se destacaron en la reseña los dos principios sobre los que descasa este aspecto del patrimonio paleontológico, que son, el carácter de recurso No Renovable  y la necesidad de su rescate por su naturaleza de Bien Público. Reseñó la legislación vigente sobre el descubrimiento de yacimientos relacionado con obras públicas y/o privadas y el desarrollo de los estudios de impacto.  Destacó la discusión que existe acerca de la llamada “unidad de protección”, que pueden ser los fósiles, o bien el yacimiento o áreas más extensas contenedoras de yacimientos de modo potencial.   Mencionó la necesidad de proponer Modelos de Gestión del Patrimonio Paleontológico, que debería incluir 1- Catalogación, 2-Evaluación, 3- Intervención, 4-Revalorización.  
   
Posteriormente como representante de la Comisión Directiva de la Asociación Paleontológica Argentina, el Dr. Javier N. Gelfo (paleontólogo) resumió los 4 tipos de problemas que han sido presentados ante la APA en los últimos años en relación a las legislaciones de patrimonio y la labor de los paleontólogos. A saber:

1- Problemas de los investigadores para acceder a colecciones de distintos repositorios.
2- Problemas con la expedición de permisos por parte de las autoridades provinciales para realizar trabajos de campo.
3- Conflictos entre investigadores debido a superposiciones temáticas y de áreas de trabajo.
4- Pedidos de organismos públicos provinciales para colaborar en la toma de decisiones ante las problemáticas planteadas en los puntos dos y tres.

Se detallaron algunos ejemplos de problemas con resultados positivos y negativos, y se enfatizó la naturaleza de los propósitos de la APA. Entre estos se destaca en su Acta Fundacional el de “…Bregar por el amparo y cuidado de las colecciones y yacimientos paleontológicos, gestionando la aplicación de las leyes nacionales ya existentes y solicitando a las autoridades que correspondan las ampliaciones o modificaciones eventualmente necesarias para el mantenimiento y defensa de dichas colecciones y/o yacimientos.

Suele asumirse por parte de la comunidad, que la APA tiene un rol activo en el marco de las legislaciones vigentes, que podría permitir la resolución y mediación de los problemas planteados, que atañen en particular la labor de los paleontólogos. Así lo atestiguan la innumerable cantidad de consultas y solicitudes, tanto de profesionales como de particulares, recibidas en la asociación. Sin embargo, por el momento la APA no tiene un contexto legal que le permita actuar como organismo de control, aplicación de legislación o de reglamentación del ejercicio de la profesión de paleontólogo. Estas funciones descansan en la Autoridad de Aplicación Nacional (MACN) y en las distintas autoridades de aplicación provinciales. La APA ha canalizado diversas consultas a muchos de estos organismos. Intenta mantener un diálogo permanente a fin de colaborar con la protección del patrimonio paleontológico y además, colaborar para la resolución de muchos de los conflictos existentes en la labor de los paleontólogos, partir de la reglamentación de la ley 25.743 (texto de la Ley 25.743 y texto de la reglamentación)

A partir de estas exposiciones se realizó un fructífero intercambio de ideas entre los expositores y el público. Existiendo una aprobación tácita entre los asistentes, en cuanto a la necesidad de colaborar en la protección y defensa del patrimonio paleontológico. En esta oportunidad la mayor parte de las intervenciones correspondieron al planteo de problemas puntuales referidos a las dificultades para el desarrollo de la labor paleontológica. En particular el Dr. Sebastián  Apesteguía (paleontólogo) realizó una exposición detallada de su situación en la provincia de Río Negro, en donde comentó su la labor en los últimos 10 años en dicha provincia y su actual conflicto con la autoridad de aplicación provincial, que le impide continuar con sus trabajos.

Aproximadamente unas 60 personas participaron de esta mesa redonda, intercambiaron opiniones y puntos de vista sobre los temas planteados. La necesidad de salvaguardar el patrimonio paleontológico tanto para la producción de conocimiento científico, como por la valoración cultural, obliga a enmarcarnos en un contexto legal. Sin embargo, es de conocimiento público que muchas veces la implementación de la Ley 25.743 lejos de proteger el patrimonio, ha generado inconvenientes en la labor de muchos paleontólogos. Es necesario que a futuro estas reuniones, contando con la presencia de todos los actores involucrados, sirvan para discutir y proponer soluciones. Por tal motivo, esperamos una amplia concurrencia al próximo taller de patrimonio a realizarse en el marco del X Congreso Argentino de Paleontología y Bioestratigrafía, y el VII Congreso Latinoamericano de Paleontología.   



Conclusiones de otros talleres de patrimonio y legislación: 


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Asociación Paleontológica Argentina